Leyes sobre dispositivos de bloqueo de encendido

  • Las leyes referentes a dispositivos de bloqueo de encendido de Carolina del Norte declaran que los dispositivos de bloqueo de encendido son requeridos para cualquier infractor reincidente de conducir intoxicado, así como también para esos con un nivel de concentración de alcohol en la sangre de .15% o mayor al momento del arresto.
  • El periodo durante el cual el dispositivo de bloqueo de encendido debe permanecer instalado comienza al final del periodo de suspensión de la licencia.
  • El periodo del dispositivo de bloqueo de encendido dura de uno a siete años, dependiendo de los antecedentes penales del conductor.
  • La edad del conductor y cualquier lesión o accidente que ocurrió mientras conducía intoxicado pueden influir en las sanciones impuestas.

Suspensión de la Licencia

Suspensión Administrativa

De acuerdo a las leyes referentes a conducir intoxicados de Carolina del Norte, conductores que sean detenidos por un agente que sospeche que están intoxicados están requeridos a tomar una prueba de alcoholemia.

Si el conductor registra un nivel de concentración de alcohol en la sangre de .08% o mayor o se rehusa a tomar la prueba, el agente le expedirá una suspensión inmediata de la licencia.

Si el conductor no objeta exitosamente la suspensión dentro de los primeros 30 días, el conductor tendrá privilegios de conducir restringidos a hacer sólo viajes ida y vuelta al trabajo o escuela.

Suspensión Judicial

Después de ser encontrados culpables de conducir intoxicados, los infractores están sujetos a suspensiones adicionales separadas de la suspensión administrativa automática.

Estas suspensiones ordenadas por la corte van de un año por la primera infracción a de uno a cuatro años por la segunda infracción.

Tres o más infracciones generan una revocación de licencia de por vida.

Sanciones y Multas por Conducir Bajo la Influencia de Alcohol en Carolina del Norte

1ra Ofensa Multa: $200 a $4,000
Periodo de Cárcel: 1 días hasta 2 años
Periodo de Suspensión de Licencia: 1 año
2da Ofensa Multa: $2,000 a $4,000
Periodo de Cárcel: 7 días hasta 2 años
Periodo de Suspensión de Licencia: 1 a 4 años
3ra Ofensa Multa: $2,000 a $4,000
Periodo de Cárcel: 7 días hasta 2 años
Periodo de Suspensión de Licencia: Vitalicia
4ta Ofensa Multa: Determinada por la corte
Periodo de Cárcel: 1 a 5 años
Periodo de Suspensión de Licencia: Vitalicia

Fuente(s): N.C. Gen. Stat. §§ 20-138.1, 20-179.3
North Carolina General Assembly. Retrieved April 17, 2017 from http://www.ncleg.net/enactedlegislation/statutes/html/bysection/chapter_20/gs_20-17.8.html
North Carolina Department of Public Safety. Retrieved April 17, 2017 from https://www.ncdps.gov/Our-Organization/Law-Enforcement/State-Highway-Patrol/FAQ/Driving-While-Impaired

Última actualización: March 13, 2019

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